Con 30 votos a favor (PRD, PT y uno del PDEM) y 20 en contra (PAN, PRI y 1 del PVEM), el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó esta tarde reformas al Código Civil de esta ciudad por las cuales se aprueba el divorcio administrativo, así como facultades a los jueces civiles para que exhorten a los padres a no ponerles nombres raros a sus hijos al momento de registrarlos.
En el caso del divorcio administrativo se establece que previo a cumplir una serie de requisitos, una pareja podrá divorciarse en un sólo día, y los únicos elementos que se deberán tomar en cuenta para que proceda este hecho son:
Que la pareja a divorciarse tenga mínimo un año de estar casados; la mujer no deberá estar embarazada; no deberá haber hijos de por medio, y si los hay tendrán que ser mayores de edad y no requerir ya pensión alimenticia, además de que deberá haber quedado previamente saldada la cuestión de los bienes, en caso de haber contraído nupcias bajo el régimen de bienes mancomunados.
Respecto a los nombres "raros", la modificación legislativa establece que el juez civil podrá exhortar a los padres a que no le pongan nombres que sean "discriminatorios, denigrantes, carentes de sentido o que puedan ocasionarle burlas al menor".
Estas reformas aprobadas serán enviadas al Gobierno del Distrito Federal para que publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y puedan tener entonces vigencia.
En el caso del divorcio administrativo se establece que previo a cumplir una serie de requisitos, una pareja podrá divorciarse en un sólo día, y los únicos elementos que se deberán tomar en cuenta para que proceda este hecho son:
Que la pareja a divorciarse tenga mínimo un año de estar casados; la mujer no deberá estar embarazada; no deberá haber hijos de por medio, y si los hay tendrán que ser mayores de edad y no requerir ya pensión alimenticia, además de que deberá haber quedado previamente saldada la cuestión de los bienes, en caso de haber contraído nupcias bajo el régimen de bienes mancomunados.
Respecto a los nombres "raros", la modificación legislativa establece que el juez civil podrá exhortar a los padres a que no le pongan nombres que sean "discriminatorios, denigrantes, carentes de sentido o que puedan ocasionarle burlas al menor".
Estas reformas aprobadas serán enviadas al Gobierno del Distrito Federal para que publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y puedan tener entonces vigencia.
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